La UE completa la primera fase de la reforma del Reporting de Sostenibilidad

Reforma del reporting de sostenibilidad y revisión de los ESRS en la Unión Europea

La UE completa la primera fase de la reforma del Reporting de Sostenibilidad 

  

De la Directiva Ómnibus I a los ESRS revisados: así evoluciona el marco europeo de sostenibilidad 

El pasado 26 de febrero de 2026, la Unión Europea dio el primer paso en la simplificación del marco regulatorio de sostenibilidad con la aprobación de la Directiva (UE) 2026/470 («Ómnibus I»), cuyo objetivo es reducir la carga administrativa para las empresas y reforzar la competitividad europea. 

Entre las principales medidas destacan: 

– la reducción del ámbito de aplicación de la CSRD, concentrando las obligaciones en las empresas de mayor tamaño;  

– la simplificación de la CS3D;  

– la reducción de las obligaciones de información dentro de la cadena de valor;  

– el mandato a la Comisión Europea para revisar y simplificar los European Sustainability Reporting Standards (ESRS).  

  

La siguiente fase: revisión de los ESRS 

Como desarrollo de ese mandato, el 3 de julio de 2026 la Comisión Europea adoptó el Reglamento Delegado que revisa los ESRS. 

Aunque el texto aún deberá superar el periodo de escrutinio del Parlamento Europeo y del Consejo antes de su publicación definitiva en el DOUE, ya permite conocer la dirección que seguirá el reporting europeo de sostenibilidad. 

  

Las principales novedades son: 

– simplificación y reducción de determinados requerimientos de información (datapoints);  

– eliminación de duplicidades y mejora de la claridad de los estándares;  

– mayor protagonismo de la doble materialidad;  

– refuerzo del principio de que únicamente debe divulgarse información material;  

– mayor flexibilidad para la cadena de valor y nuevos mecanismos transitorios (phase-ins y reliefs);  

– mejora de la interoperabilidad con otros estándares internacionales.  

  

Más calidad y menos volumen de información 

Más allá de la reducción de requerimientos, la reforma supone un cambio de enfoque. 

El nuevo modelo desplaza el centro del reporting desde el cumplimiento formal hacia el juicio profesional, la materialidad, la proporcionalidad y la presentación fiel de la información. 

En consecuencia, las empresas deberán dedicar mayores esfuerzos a justificar sus análisis de doble materialidad, documentar los criterios utilizados y garantizar la calidad y trazabilidad de la información divulgada. 

  

Nuevo estándar voluntario (VSRS) 

Junto con los ESRS revisados, la Comisión Europea ha aprobado el nuevo Voluntary Sustainability Reporting Standard (VSRS). 

Este estándar será la referencia para las empresas que reporten voluntariamente información de sostenibilidad y adquiere especial relevancia dentro de las cadenas de valor, ya que establece un límite (value chain cap) a la información que las empresas sujetas a la CSRD podrán solicitar a sus proveedores. 

  

Próximos pasos 

La revisión de los ESRS y el VSRS entrarán en vigor una vez finalice el procedimiento de escrutinio europeo y sean publicados en el Diario Oficial de la Unión Europea. 

Su aplicación está prevista para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2027, con posibilidad de adopción anticipada para los ejercicios iniciados en 2026. 

  

Nuestra valoración 

Las novedades aprobadas en julio no modifican el objetivo marcado por la Directiva Ómnibus I, sino que lo desarrollan técnicamente. La reforma mantiene la ambición del modelo europeo de sostenibilidad, pero apuesta por un reporting más eficiente, centrado en la información verdaderamente relevante y sustentado en un análisis sólido de la doble materialidad, la calidad del dato y el juicio profesional. 

Las novedades europeas siguen avanzando. Su aplicación efectiva en España, sin embargo, continúa pendiente de la correspondiente transposición normativa. 

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