Nuevos beneficios para los No Residentes

El Tribunal Supremo, mediante las sentencias del 29 de octubre y 3 de noviembre de 2025, confirma que los no residentes pueden beneficiarse de la regla del límite conjunto prevista en la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio (IP) y de esta forma beneficiarse de una potencial reducción de su cuota del Impuesto.
Recuérdese que, bajo la regla del límite conjunto, la suma del IRPF y el IP no debería superar el 60% de las rentas totales del contribuyente. En caso de excederse este límite, se permite reducir la cuota del IP hasta llegar a este importe, sin que esta reducción pueda ser superior al 80%.
Hasta ahora, esta regla solo era aplicable a los residentes en España. Pues bien, el Tribunal considera que esta diferencia de trato, con respecto a los no residentes, es discriminatoria y contraria a la de libre circulación de capitales.
Con estas sentencias, y dependiendo del caso concreto, se abre la posibilidad de solicitar la devolución de cuotas ingresadas en el pasado y reducir las cuotas del IP en futuros ejercicios.