Incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en España

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El Gobierno ha aprobado un incremento del 3,1% respecto a las cifras de 2025, que se aplicará con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026.

El SMI 2026 se fija en 1.221 €/mes (17.094 €/año), con un incremento del 3,1% respecto a 2025 y efectos retroactivos desde el 1 de enero. Esta subida es obligatoria para salarios inferiores a 17.094 €, se aplica proporcionalmente en contratos a tiempo parcial y afecta también a temporeros y empleados del hogar. Implica ajustes en las cotizaciones a la Seguridad Social, el pago de atrasos y está exenta de IRPF, mientras que el Gobierno prepara medidas para limitar la absorción de la subida por otros pluses salariales.

Les informamos que el Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que establece el nuevo Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el ejercicio 2026. Esta medida, fruto del acuerdo entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos, se aplicará con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026.

  1. Nuevas cuantías para 2026

El incremento aprobado es del 3,1% respecto a las cifras de 2025, quedando fijado de la siguiente manera:

Concepto Cuantía Bruta
SMI Mensual (14 pagas) 1.221,00 €
SMI Anual (Cómputo total) 17.094,00 €
SMI Diario 40,70 €
Eventuales y Temporeros (jornada) 57,82 €
Empleados de Hogar (precio hora) 9,55 €

 

  1. Aspectos clave a tener en cuenta

  • Efectos retroactivos y atrasos:

Una vez publicado en el BOE, las empresas deberán abonar los atrasos correspondientes desde el 1 de enero de 2026. Esto implica no solo el pago al trabajador, sino la regularización de las cotizaciones a la Seguridad Social.

  • Bases de Cotización:

La subida del SMI conlleva automáticamente un incremento de la base mínima de cotización, lo que supondrá un aumento en el coste de las cuotas de Seguridad Social para las empresas con trabajadores en estos niveles salariales.

  • Absorción y compensación:

Actualmente, si un trabajador percibe más de 17.094 € anuales en conjunto, la empresa puede compensar la subida. No obstante, el Gobierno ha anunciado una futura reforma legal para limitar esta capacidad y evitar que el incremento del SMI sea «absorbido» por otros pluses salariales.

  • Impacto Fiscal:

El SMI 2026 quedará exento de tributar por IRPF. Se ajustarán reglamentariamente las deducciones para evitar que las retenciones fiscales neutralicen la mejora salarial.

  1. ¿A quién afecta?

Esta subida es de obligado cumplimiento para todos los trabajadores cuya remuneración total en cómputo anual sea inferior a los 17.094 €.

  • No afecta a trabajadores que ya perciban salarios superiores a dicha cuantía, salvo que su convenio colectivo vincule específicamente sus tablas salariales al SMI.
  • Contratos a tiempo parcial: La cuantía se aplicará de forma proporcional a la jornada realizada.
  • Contratos vinculados: Afecta también a los límites de embargos de salarios y cuantías de indemnizaciones del FOGASA.

 

¿Cómo podemos ayudarle desde el Departamento Laboral?

Dada la complejidad técnica de las reglas de absorción y la inminente reforma normativa, nuestro equipo está a su disposición para asegurar que su compañía cumpla con la legalidad evitando riesgos ante la Inspección de Trabajo:

  • Auditoría de nóminas: Identificamos qué perfiles de su plantilla se ven afectados por el nuevo umbral.
  • Cálculo de atrasos: Gestión de los devengos desde el 1 de enero de 2026 y su correspondiente liquidación.
  • Asesoramiento en estructura salarial: Análisis de pluses y complementos ante el nuevo marco de «no absorción».
  • Impacto en contratación: Evaluación del coste total de empresa (Seguridad Social + Salario) para sus previsiones de 2026.
  • Contratos especiales: Regularización de contratos de formación, temporeros y empleadas de hogar.

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