El 2 de enero, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la Ley Orgánica 1/2025 de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia. Esta normativa supone la eliminación del régimen de Golden Visa, dejando sin efecto los artículos 63 a 67 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, que regulaban los visados de residencia para inversores, conocidos como Golden Visa.

 

Como parte de esta reforma, se ha establecido un periodo transitorio de tres meses, que finalizará el 3 de abril de 2025. Durante este tiempo, los inversores interesados aún podrán tramitar estos permisos, siempre que cumplan con los requisitos y completen el proceso dentro del plazo estipulado.

 

Las Golden Visa, introducidas en España en 2013, permitieron a inversores internacionales obtener permisos de residencia mediante una inversión mínima de 500.000 euros en bienes inmuebles u otras modalidades de inversión previstas en la Ley 14/2013. Durante más de una década, estas visas han sido un instrumento estratégico para atraer capital extranjero, dinamizando sectores clave como el inmobiliario, el turístico y el empresarial, y posicionando a España como un destino atractivo para ciudadanos de fuera de la Unión Europea.

 

El impacto de este programa ha sido especialmente relevante en regiones como la Costa Blanca, Cataluña, Baleares y otras zonas costeras. Sin embargo, la eliminación de este mecanismo responde a un cambio en las prioridades legislativas, buscando reducir tensiones en el mercado inmobiliario y avanzar hacia una mayor equidad social en el acceso a la vivienda. Además, esta modificación afecta a todos los permisos de inversión previstos en la Ley 14/2013, no solo a los relacionados con inversiones inmobiliarias.

 

Es importante destacar que aquellos inversores que ya dispongan de una Golden Visa podrán mantenerla y renovarla siempre y cuando continúen cumpliendo con los requisitos establecidos.

 

El equipo Laboral de Bové Montero está a su disposición para aclararle posibles dudas que pueda tener al respecto y ofrecerle un asesoramiento personalizado.

 

Para más información, consulte el enlace del Senado o el texto oficial en el BOCG.

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