
Por la presente les remitimos la siguiente información que estamos seguros les puede ser de utilidad.
El próximo día 20 de enero 2025 finaliza el plazo para la presentación de, entre otras, las siguientes declaraciones (trimestral/mensual, que en su caso corresponda):
- Modelo 111: De retenciones e ingresos a cuenta del IRPF sobre rendimientos del trabajo y actividades profesionales.
- Modelo 115: De retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos.
- Modelo 123: De retenciones derivadas de rendimientos del capital mobiliario (intereses, dividendos satisfechos, etc.).
- Modelo 216: De declaración de pagos realizados o devengados a no residentes (intereses, dividendos, cánones, etc.).
- Modelo 592, declaración (trimestral/mensual) del impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables
Asimismo, les recordamos que el próximo día 30 de enero de 2025 finaliza el plazo para la presentación (trimestral/mensual) de, entre otras, las siguientes declaraciones:
- Modelos 303 y 322: Declaración de IVA.
- Modelo 349: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
- Modelo 390: Declaración-resumen anual del IVA. Aquellos contribuyentes que se encuentren obligados a llevar los libros registro del IVA a través de la sede electrónica de la AEAT (Suministro Inmediato de Información o SII), no tendrán obligación de presentar dicho modelo, sino que deberán rellenar las casillas de información adicional del modelo 303.
El plazo de presentación de las anteriores autoliquidaciones utilizando como método de pago la domiciliación bancaria, finaliza el 15 de enero de 2025, excepto para la autoliquidación mensual/trimestral de IVA, que finaliza el 27 de enero de 2025.
Finalmente, el próximo día 31 de enero de 2025 finaliza el plazo para la presentación de, entre otras, las siguientes declaraciones:
- Modelo 180: Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos.
- Modelo 190: Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo y actividades profesionales.
- Modelo 193: Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario.
- Modelo 296: Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre pagos realizados o devengados a no residentes (intereses, dividendos, cánones, etc.).
Modificación de la condición de Gran Empresa
Durante el mes de enero de 2025, deberá comunicarse a la Agencia Tributaria la adquisición o pérdida de la condición de Gran Empresa. El criterio que considerar es el volumen de operaciones de IVA correspondiente al ejercicio 2024, siendo el límite 6.010.121,04 euros.
Si se ha pasado a ser gran empresa las declaraciones de IVA y las retenciones se tienen que presentar de forma mensual.
Opción del mecanismo para el cálculo de los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades
Durante el mes de febrero de 2025 las sociedades (cuyo importe neto de la cifra de negocios no supere los 6 millones de euros) tienen la opción de elegir como base de cálculo de los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades, la parte de base imponible del periodo de los tres, nueve u once meses del año natural, comunicándolo a la Administración mediante una declaración censal, modelo 036.
Esta opción puede ser interesante para empresas que prevean un resultado en el ejercicio 2025 considerablemente inferior al obtenido en 2023 y/o 2024, al permitir ajustar los pagos fraccionados a la realidad de los resultados del ejercicio corriente.
Cuando el periodo impositivo al que se refiere la citada opción no coincidiera con el año natural, el ejercicio de la opción deberá realizarse durante el plazo de 2 meses a contar desde el inicio de dicho período impositivo.
Adicionalmente, rogamos tengan en cuenta que el plazo para la presentación del Modelo 347 “Declaración anual de operaciones con terceras personas” quedó establecido con carácter indefinido en el mes de febrero. Concretamente, para el Modelo 347 correspondiente al ejercicio 2024, el plazo de presentación finaliza el día 28 de febrero de 2025.
Por último, también queremos recordarles que el plazo para la presentación del Modelo 720 “Declaración informativa sobre bienes y derechos en el extranjero”, y del Modelo 721 “Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero” finaliza el 31 de marzo de 2025.
Si les surgiera cualquier duda, les rogamos se dirijan a la persona de contacto habitual en nuestro despacho.