Según lo establecido en la conocida como Ley Trans, desde este mes de marzo 2024 muchas empresas están obligadas a contar con un Plan LGTBI.

Aunque todavía no se ha desarrollado completamente la normativa, queda claro que la inclusión y la diversidad son aspectos fundamentales en la sostenibilidad empresarial. Por este motivo, lograr que nadie se quede atrás con el fomento de la diversidad será clave para construir un futuro inclusivo de acuerdo con la Agenda 2030 de la ONU.

 

¿Qué es?

 Un plan LGTBI es un conjunto de políticas, procedimientos y acciones diseñadas para promover la inclusión y la igualdad de oportunidades dentro de una organización, así como para prevenir la discriminación por motivos de orientación sexual, identidad de género o expresión de género.

Estos planes han pasado a ser obligatorios desde el 2 de marzo de 2024 para ciertas empresas a raíz de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, o, más conocida, como Ley Trans. Un reglamento pionero que busca garantizar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI. Y que, así mismo, desarrolla un marco legal para que empresas y organizaciones implementen medidas concretas

 

¿Qué empresa está obligada a realizarlo?

A partir del 2 de marzo de 2024, es una obligación para aquellas empresas que cuenten con más de 50 personas trabajadoras contar con un plan LGTBI y un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI.

Por su parte, las empresas de menos de 50 personas trabajadoras tendrán la obligación de acuerdo con el artículo 62 de la Ley Trans de adoptar medidas para la prevención y detección de las situaciones de discriminación y acoso a las personas LGTBI.

 

¿Qué debe incluir el Plan LGTBI?

Este Plan debe incluir un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI.

El protocolo tiene que integrar:

  • Medidas para garantizar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI
  • Acciones para prevenir, detectar y actuar ante un caso de acoso o violencia ante estas personas trabajadoras.

Para crear el Plan LGTBI las medidas incluidas en el mismo deben pactarse mediante negociación colectiva y haber sido acordadas con los representantes legales de los trabajadores y debe elaborarse como documentos separados y diferenciados del Plan de Igualdad, así como, del resto de Protocolos de acoso que las empresas puedan tener implementados, debido a las diferencias que existen no solo en el propio ámbito legislativo, sino también, en relación con las personas que afectan,

Las empresas que ya tuvieran implantado un Plan de Igualdad habrán tenido que modificarlo para incluir de manera expresa la no discriminación a las personas pertenecientes al colectivo LGTBI.

 

¿La no elaboración de este plan conlleva sanciones? ¿Cuáles son?

El incumplimiento de la ley trans puede conllevar sanciones económicas significativas para las empresas, así como daños en su reputación. Además, las empresas que no cumplen con estas regulaciones pueden enfrentar demandas legales y acciones judiciales por discriminación.

Por ejemplo, en el caso de que no se cuente con un protocolo LGTBI o no se haya impartido formación de sensibilización LGTBI, las multas pueden variar desde 200 a 150.000 euros, dependiendo de si se califican como leves o muy graves.

Además, pueden imponerse otro tipo de medidas como a la denegación de subvenciones, el impedimento de acceso a ayudas publicación, la prohibición de contrato público con la Administración pública o el cierre o cese de la actividad temporal.

 

Protocolo LGTBI deberá ser capaz de dotarnos de instrumentos para actuar frente a las posibles situaciones ante las que nos podemos encontrar para que, de una manera ágil, dinámica y sobre todo eficaz, nos permita determinar qué hay que hacer, cuándo debe hacerse, quién debe hacerlo y cómo debe hacerse.